sábado, 7 de noviembre de 2015

Conclusión Unidad 5. Disposiciones Legales y Fiscales

Las obligaciones mas relevantes que pesan sobre los establecimientos de Hospedaje son, entre otras:

CON LA SECRETARIA DE TURISMO
Las entidades  que presten servicios de Hotelería, deberán solicitar ante la Secretaría de Turismo su inscripción al Registro Nacional de Turismo, que es el instrumento por medio del cual la Secretaría capta la información estadística que le permite programar y promover la actividad turística nacional.
CON LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES.
Según el Título III de la Ley de Inversión Extranjera publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 27 de Diciembre de 1993, se requiere permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores para la Constitución de Sociedades. Se deberá insertar en los estatutos de las sociedades que se constituyan la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la fracción I del Artículo 27 Constitucional.
CON EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
Es obligación del Representante legal de la sociedad, registrarla debidamente ante El Servicio de Administración tributaria y dar a conocer a los socios las obligaciones que esto les acarrea.
CON EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.
Las empresas, al tener empleados, generan la obligación de registrarse ante el IMSS, obtener un número de registro patronal y pagar puntualmente las cuotas obrero-patronales,  así como inscribir a sus trabajadores, comunicar sus altas, bajas y las modificaciones de su salario dentro de plazos no mayores de 5 días hábiles y en el mes de febrero de cada año presentar Declaración Anual de Riesgo de Trabajo.
CON LA SECRETARIA DE ECONOMÍA.
A partir del 1º de Enero de 1997  se establece el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) a cargo de ésta misma Secretaría como un instrumento de planeación del Estado, de Información, Orientación y Consulta para el diseño y aplicación de programas enfocados principalmente al establecimiento y operación de las empresas.
CON LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS.
En México, la mayoría de los Estados de la Federación tienen contemplado el pago de un Impuesto sobre Nóminas, el cual es usualmente del 2% sobre el valor de la nómina de las empresas en su jurisdicción, dependiendo del gobierno de cada estado, los plazos y las formas de pago, así como la creación y distribución de los formatos respectivos.
CON LOS MUNICIPIOS.
En la mayor parte de los municipios del país, se requiere una Licencia de Funcionamiento, expedida por el Ayuntamiento correspondiente, la que no es otra cosa que una cooperación para las obras públicas municipales
CON EMPLEADOS.
De acuerdo con el Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo en vigor, son obligaciones  de los patrones :
1.   Cumplir las disposiciones de las Normas de Trabajo
2.   Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en el establecimiento.
3.   Enterar en forma Bimestral el 2 % del Salario Diario Integrado por Concepto de aportaciones para el retiro de los Trabajadores y el 5% para Infonavit en la Cuenta Bancaria Individual que cada trabajador tenga para tal efecto.
Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo.
CON EL TURISTA.
            Es obligación de los prestadores de servicios turísticos :
·      Anunciar ostensiblemente en los lugares de acceso al establecimiento precios, tarifas y servicios que éstos incluyen.
·      Cuando se trate de la prestación de guía de turistas, informar su precio en el momento de la contratación con los usuarios.
·      Cumplir con los servicios, precios, tarifas y promociones en los términos anunciados, ofrecidos o pactados.


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